-Aun y cuando no hayan cumplido con el pago correspondiente
-A quienes les hayan privado, pueden presentar su queja ante el TJA
Elena Rojas, Zamora
“A partir de la entrada de la nueva administración municipal se han conocido asuntos de gente que tenia adeudos de varios años en el pago del servicio de agua potable; a quienes les fue restringido dicho servicio en su totalidad; sin embargo las propias autoridades saben que este es un derecho humano que no se les puede privar a los contribuyentes, aun y cuando no hayan cumplido con el pago correspondiente”, señaló Felipe Armando Ruiz Villaseñor, defensor jurídico regional del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA).
Añadió, “a lo más que puede llegar la autoridad es a restringirles o dejarles el mínimo básico o elemental para que puedan subsistir estas personas con el vital liquido. Por tanto no puede haber una restricción total, una negativa de facilitarles el servicio, sino únicamente limitárselos a lo suficiente para subsanar las necesidades básicas de un hogar como es higiene, para beber, preparar alimentos, etc.”.
Exclamó”, “recomiendo a aquellas personas que sufran de las restricción toral al acceso del agua potable que acudan a esta defensoría jurídica donde nosotros de manera gratuita realizaremos la defensa ante el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) en el estado para solicitar que inmediatamente se les restituya en el goce del servicio suspendido”.
Subrayó que afortunadamente las autoridades han entendido que tienen la obligación de velar por el cumplimiento de los derechos humanos consagrados en la Constitución, por tanto son pocas las quejas que se han presentado que tienen que ver con la restricción total del servicio del recurso hídrico, “en lo que va de la nueva administración a la fecha se han presentado 4 casos de los municipios de Zamora, Tangancícuaro y Jacona”.
Añadió, “para poder iniciar la demanda, necesitamos que el afectado acuda ante nosotros a solicitarnos el servicio para poder actuar en consecuencia y presentar el recibo del agua o el oficio que les deja la autoridad donde les informa de la restricción. De igual forma si consideran que les están cobrando indebidamente el servicio también pueden acudir a las instalaciones de esta defensoría que se ubica en Virrey de Mendoza 23 interior 104 de la colonia La Luneta”.
Agregó, “la ventaja que tiene este procedimiento de justicia administrativa es conseguir la suspensión del acto reclamado. Se presenta la demanda y de una manera muy expedita y rápida, se resuelve sobre la admisión de la demanda. En ese auto que se admite la demanda se concede si es procedente la suspensión del acto reclamado, esto quiere decir que la autoridad ordena que se restituya en el goce del servicio hasta en tanto se resuelva la demanda”.
En ese sentido dijo, “si la demanda tarda 6, 8 meses o un año en resolverse todo el procedimiento administrativo, la ventaja de tener la concesión es que a los tres días ya se puede contar nuevamente con el servicio del suministro del agua potable”, concluyó.
Numeraria
23 interior 104 Virrey de Mendoza, colonia La Luneta, domicilio TJA