-Por desconocimiento de ventajas, aun y cuando el trámite es sencillo y económico; por ello persiste plagio en el país
Elena Rojas, Zamora
“La mayoría de creadores mexicanos desde poetas, escritores, músicos, compositores de canciones, escultores y pintores, entre otros, no tienen la cultura de registrar sus obras ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR), que es una filial de la Secretaria de Educación Pública (SEP), por ello sigue predominando el plagio en el país, pues a muchos se les hace fácil subir sus creaciones a las redes sociales, sin antes hacer valer sus derechos de autor, para protegerse legalmente y que este instituto gubernamental vele porque nadie haga mal uso de esa propiedad”, señaló Manuel Rod, cantante y compositor, quien gracias a sus canciones ya recibe regalías de Spotify y de la Sociedad de Autores y compositores que recolecta las regalías de youtube y radio, en el marco del dia de derechos de autor.
“Esta apatía se debe a la falta de conocimiento en la materia, pues muchos que viven en el interior de la República no saben a dónde acudir y con qué documentación para dar ese paso, además creen que al registrarlas, inmediatamente van a recibir dinero y no es así, ya que para hacer acreedor a alguna ganancia deben tener una explotación comercial de por medio. A los que viven en el interior de la República les aconsejó que si están interesados acudan a la SEP o por internet buscar la página de INDAUTOR”.
Dijo, “es un trámite sencillo y económico que permite dejar un patrimonio a la familia e hijos. El solicitante debe llenar un formato que le facilita INDAUTOR, en el cual debe poner sus datos y los de su obra o incluso si tiene algún sobrenombre artístico, puede hacer el trámite con ese pseudónimo. Hay dos maneras de hacerlo: tramite express y el tradicional, en el primero ese mismo día le entregan su certificado de derechos de autor y en el segundo tardan 15 días”.
Actualmente el precio para ambas modalidades es de 272 pesos, “muchas veces la gente que no tiene experiencia y no sabe aprovechar ese monto económico, entonces solo registra una canción con esa cantidad, cuando realmente ese pago puede servirle para documentar hasta 99 obras del mismo giro en un solo certificado”.
Concluyó al decir que el certificado sirve por si en algún momento el autor decide explotar comercialmente su obra, pueda percibir ganancias de esta, ya sea auto explotándola o bien la puede ofrecer a algún artista reconocido para que la grabe y parte de esas ganancias sean para el autor o si este hace presentaciones en vivo con sus canciones, o cuando suenan en la radio también le dé al autor parte de sus ingresos. En caso de fallecimiento, se pueden heredar los derechos de autor, los cuales tienen una vigencia de 100 años y ya posteriormente pasan a ser del dominio público”.